Información detallada sobre la tarifa de franquicia inicial de TCBY, la tarifa de regalías + 15 otras tarifas (artículos 5 y 6, 2021 FDD)
1. Cuota inicial de franquicia: $35,000
- Debe pagar a TCBY, al ejecutar el Acuerdo de franquicia, una tarifa de franquicia inicial no recurrente y no reembolsable por un monto de $ 35,000.
- TCBY puede reducir la tarifa inicial de la franquicia a $25,000 si usted es un veterano retirado con honores de las fuerzas armadas de los Estados Unidos o si es un franquiciado existente. TCBY puede modificar o eliminar estos programas de tarifa de franquicia inicial con descuento en cualquier momento.
- Excepto por lo descrito anteriormente, la tarifa de franquicia inicial es uniforme y TCBY la considera ganada en su totalidad cuando firma el Acuerdo de franquicia.
2. Realeza: 6% de los ingresos brutos
- Fecha de vencimiento: Semanalmente en o antes del cierre de operaciones el miércoles de cada semana, en función de los ingresos brutos de su tienda para la semana inmediatamente anterior.
3. Tarifa de comercialización: 3% de los ingresos brutos
- Fecha de vencimiento: Igual que la tarifa de regalías.
- «Ingresos brutos» hace referencia a la suma de todos los ingresos, en cualquier forma (incluido el valor de todos los trueques, intercambios, intercambios u otros créditos), atribuidos a la operación de su Tienda (cumpliendo o no con el Acuerdo de franquicia) con base en sobre el precio bruto (sin descuento) de todos los productos y servicios vendidos en o a través de su Tienda y todas las demás fuentes de ingresos, pero excluyendo todos los impuestos federales, estatales o municipales sobre las ventas, el uso o los servicios recaudados de los clientes y pagados a la autoridad fiscal correspondiente .
- Los pagos de certificados de regalo, tarjetas de regalo y programas similares se incluirán en los Ingresos brutos según las políticas establecidas ocasionalmente en el Manual de operaciones. Los ingresos brutos también incluyen todos los ingresos del seguro que recibe por la pérdida de negocios debido a un siniestro o un evento similar.
4. Tarifa de capacitación: ninguno actualmente, pero puede ser cobrado en el futuro
- Fecha de vencimiento: Cuando se incurre.
- TCBY puede cobrar una tarifa por ciertos programas de capacitación.
5. Actualización/capacitación adicional: tarifas vigentes en ese momento; actualmente estimado en $ 500 por día por persona, más gastos de viaje
- Fecha de vencimiento: Cuando se incurre.
- TCBY puede requerir que usted y/o gerentes y empleados previamente capacitados y experimentados asistan a cursos de actualización periódicos o adicionales en los horarios y lugares designados.
6. Asistencia Especial: tarifas y cargos diarios que establece TCBY; actualmente estimado en $ 500 por día por persona, más gastos de viaje
- Fecha de vencimiento: Cuando se incurre.
- TCBY no cobra por la asistencia operativa y la orientación que brinda a todos sus franquiciados. Sin embargo, TCBY puede poner a su disposición programas especiales de asistencia por los cuales deberá pagar las tarifas y cargos que TCBY establezca.
7. Cargo por pago atrasado: $100 por cada pago atrasado
- Fecha de vencimiento: Cuándo vence el pago atrasado.
8. Cargo por informe tardío: $100 por cada reporte de morosidad
- Fecha de vencimiento: Cuándo vence y sigue venciendo el informe de morosidad para cada período en que el informe permanece en mora.
9. Gastos por intereses: una tasa igual a la menor de la tasa más alta permitida por la ley aplicable o 1.5% por mes
- Fecha de vencimiento: Pagadero al mismo tiempo que realiza un pago atrasado.
- Pagadero sobre cualquier monto vencido a TCBY.
10. Pruebas de nuevos proveedores: los costos en los que incurre TCBY al evaluar a un proveedor propuesto
- Fecha de vencimiento: Cuando se incurre.
- Debido si solicita la aprobación de TCBY de un nuevo proveedor propuesto.
11. Cooperativa de Publicidad: no aplicable actualmente. De establecerse, el monto sería determinado por los socios de la Cooperativa.
- Fecha de vencimiento: Si se establece, el momento de las contribuciones será establecido por los miembros de la Cooperativa.
- Si se establece, el monto de las contribuciones requeridas a la Cooperativa se determinará por mayoría de votos de las Tiendas que son miembros de la Cooperativa, y cada Tienda miembro tiene un voto, independientemente de si el miembro es una Tienda propiedad de una franquicia o propiedad de la compañía. .
12. Auditoría: costo de la auditoria financiera
- Fecha de vencimiento: 15 días después de recibir el informe de auditoría o inspección.
- Debe pagar los costos de la auditoría o inspección solo si los resultados de la auditoría muestran una subestimación de los Ingresos brutos de más del 2% o si la necesidad de una auditoría fue el resultado de su incumplimiento en virtud del Acuerdo de franquicia al no proporcionar registros e informes. de una manera oportuna.
13. Tarifa de transferencia: $12,500
- Fecha de vencimiento: Pagadero antes o al cierre final de la transferencia.
- TCBY no cobrará una tarifa de transferencia si la transferencia es de intereses de propiedad entre los Propietarios de la Entidad existentes y los nombres y la identidad de todos los Propietarios de la Entidad siguen siendo los mismos después de la transferencia.
14. Tarifa de renovación: $2,500
- Fecha de vencimiento: Pagadero al momento de la renovación.
- Debe cumplir con otras condiciones para renovar el Acuerdo de franquicia.
15. Tarifas de gestión provisionales: 10% de los Ingresos Brutos durante el período de gestión
- Fecha de vencimiento: Como incurrido.
- Se incurre si TCBY elige administrar su Tienda en espera de la compra de esa Tienda, o si asume la administración de su Tienda en el caso de su abandono voluntario.
16. Costas y honorarios de abogados; Indemnización: variará según las circunstancias
- Fecha de vencimiento: Al ocurrir.
- Si TCBY o una afiliada gana en cualquier procedimiento o litigio en su contra, debe pagar los costos y honorarios de abogados incurridos. Usted y cada uno de los Propietarios de su Entidad también tienen obligaciones de indemnización con TCBY y sus afiliados.
17. Daños por pérdida de ingresos: variará según las circunstancias
- Fecha de vencimiento: Dentro de los 15 días posteriores a la rescisión de TCBY de su Acuerdo de franquicia en función de su incumplimiento.
- Pagadero solo si TCBY rescinde su Acuerdo de franquicia por su incumplimiento.
- Se le cobrarán daños por pérdida de ingresos si TCBY rescinde el Acuerdo de franquicia como resultado de su incumplimiento, por un monto igual al valor actual neto de las regalías y las tarifas de mercadeo que se habrían adeudado si el Acuerdo de franquicia no hubiera sido rescindido, desde el fecha de terminación al primero de: (a) 5 años después de la fecha de terminación, o (b) el vencimiento programado del plazo del Acuerdo de franquicia (el «Período de medición»).
- Los daños por pérdida de ingresos se calcularán de la siguiente manera: (1) el número de meses calendario en el Período de medición, multiplicado por (2) el total de los porcentajes de regalías y tarifas de marketing, multiplicado por (3) el ingreso bruto mensual promedio de su tienda durante los 12 meses calendario completos inmediatamente anteriores a la fecha de terminación; siempre que, si a la fecha de terminación, su Tienda no ha estado operando durante al menos 12 meses, deberá usar el Ingreso bruto mensual promedio de todas las Tiendas que operan bajo las mismas Marcas durante la totalidad del año fiscal de TCBY inmediatamente anterior a la fecha de terminación .
- Usted pagará a TCBY los daños por pérdida de ingresos dentro de los 15 días posteriores a la finalización del contrato de franquicia, o en cualquier fecha posterior que TCBY determine.